La Ley 29896 establece que las empresas con 20 o más mujeres en edad fértil deben contar con un lactario, independientemente de que actualmente exista o no una trabajadora en periodo de lactancia. Este espacio debe cumplir con condiciones adecuadas de privacidad, higiene y refrigeración, además de contar con un responsable designado y encontrarse registrado ante el Ministerio de la Mujer.


